Taxonomías 2023 – Reporte de Información Financiera Anual bajo NIIF
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Taxonomías 2023 – Reporte de Información Financiera Anual bajo NIIF

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control expidió la Resolución No. SSPD 20241000125835 del 26/03/2024 “Por la cual se establecen los plazos para el cargue de Información Financiera anual con corte a 31 de diciembre de 2023”. De esta manera, recalca que el ámbito de aplicación y por ende la obligatoriedad del cumplimiento de la misma, corresponde a todos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, conforme lo establecen las Leyes 142 y 143 de 1994 y las demás disposiciones normativas que componen el régimen de servicios públicos domiciliarios, sin exclusión alguna por las características o nivel de cumplimiento de requisitos que los clasificó en el Grupo NIIF[1] respectivo.


Así las cosas, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en el Artículo 2 de la Resolución No. SSPD 220241000125835 del 26/03/2024 establece que los prestadores de servicios públicos domiciliarios están obligados a reportar de manera anual en el aplicativo NIF XBRL la información financiera con corte al 31 de diciembre de 2023, en los siguientes plazos:





En este orden de ideas, es necesario que en días previos al mencionado como fecha límite, se comuniquen con ASERVICIOSPD SAS con el fin de coordinar el diligenciamiento en formato XBRL, cargue y certificación al SUI / Gobierno NIIF y para lo cual es necesario que se gestione el alistamiento de la siguiente documentación, sin perjuicio de la adicional que pueda solicitar la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en el proceso de Reporte:


  1. Estados Financieros año 2023 firmados por el Representante Legal, Contador Público y Revisor Fiscal (Si aplica). Esta información debe enviarse en formato PDF y preferiblemente también en archivo editable, Excel, para facilitar la transcripción de la información. Es importante recordar que el Estado de Resultados, Estado de Situación Financiera, Estado de Flujos de Efectivo y Estados de Cambios en el Patrimonio deben realizarse y presentarse de manera comparativa con el periodo anterior, es decir, con el año 2022. La información debe ser reportada en pesos, no en miles, ni en millones; y la misma deberá ser redondeada a miles.

  2. Notas de los Estados Financieros año 2023 firmados por el Contador Público.

  3. Acta de aprobación por parte de la autoridad correspondiente (Asamblea, Junta Directiva, Consejo de Administración, etc.) de los estados financieros año 2023






Es importante recordar que desde ASERVICIOSPD SAS estaremos atentos a cualquier inquietud, petición o sugerencia que sobre el particular tengan.

[1] Grupos 1, 2, 3 y en la Resoluciones 414 de 2014 y 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. También aplica para quienes se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Resolución 037 de 2017 de la Contaduría General de la Nación, entendiendo que aplican marco técnico normativo para Grupo 1 o NIIF Plenas

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